Ivonne Muñoz, México
02 de Septiembre, 2009
Como todos ustedes ya saben, cada vez que por cuestiones laborales o personales la necesidad de subir a un avión es un imperativo, algunos sufrimos la terrible consecuencia de incomunicarnos así como de detener por alguna razonable parte de tiempo nuestros trabajos en la laptop.
Esto es debido a la existencia de normas jurídicas que determinan la no operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos en aeronaves, en forma específica a la hoy ya no vigente: “Norma Oficial Mexicana NOM-019-SCT3-2001, Que establece las restricciones para la operación de teléfonos celulares y aparatos electrónicos a bordo de las aeronaves, publicada el 4 de diciembre de 2001.”
Debido a la publicación en el Diario Oficial de la Federación con fecha 01 de septiembre de 2009, es a partir del día de hoy que se cancela la restricción (continue reading…)





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