Hoy, 14 de mayo de 2009, los miembros de una de las redes sociales más importantes en la red ha recibido una noticia que, como usuario, cimbra a cualquiera: un usuario de Twitter® en Guatemala es detenido por un Twitt, el cuál no es más que una frase de 140 carácteres que en su contenido incitaba a generar desconfianza en una institución financiera local.
Esta situación genera muchas preguntas, todas al aire y por supuesto, generadas por los usuarios… y como es de esperar, la mayor parte de las preguntas conlleva a un tinte político dejando a un lado la implicación jurídica. En mi caso, opto por analizar las implicaciones jurídicas del caso:
- ¿hay violación a la libertad de expresión?
- ¿se cometió un delito al publicar el contenido de ese twitt?
- ¿cuál es el fundamento jurídico?
- ¿cómo interpretar el fundamento jurídico en cuestión?
- ¿es legal que Twitter® proporcione información de los usuarios?
- ¿qué debemos esperar los usuarios a partir de esta acción?
Todos como usuarios de Internet debemos estar conscientes de que éste no es más que un medio adicional de comunicación a través del cual no sólo expresamos ideas, sino también realizamos tanto actos jurídicos como antijurídicos…
El acto jurídico más sencillo es el haber aceptado los Términos de Uso del Servicio en cualquier red social… la pregunta es: ¿el usuario los lee? ¿los conoce? ¿los cumple?
Los actos antijurídicos: confesiones grabadas en un lugar público y que no requieren de mayor proceso (mas que una orden judicial para obtener bitácoras) para ser tomados por la autoridad como pruebas firmes… (salvaguardando de antemano el tema de robo de identidad).
Estos términos desde el momento de darles “clic” en la aceptación son obligatorios de cumplir para el usuario que abre su cuenta en Twitter®, para este caso, se violó una ley local (Código Penal de Guatemala) a su vez con la consecuencia de violar los términos 5, 6 y 10 de los TOS de Twitter®. ¿Resultado? Twitter abre las puertas de las bitácoras, esperemos que bajo la existencia de un requerimiento judicial y un acuerdo de cooperación internacional. En dado caso, la autoridad en Guatemala no tiene representación ni fuerza jurídica para hacer que Twitter abra las bitácoras ya que sale de su jurisdicción local. Y así, ante la falta de prueba firme @jeanfer puede alegar un robo de identidad.
Revisemos los TOS de Twitter®, y para el caso en particular, sólo los siguientes puntos del decálogo:
1. …
2. You are responsible for any activity that occurs under your screen name.
3. …
4. …
5. You may not use the Twitter.com service for any illegal or unauthorized purpose. International users agree to comply with all local laws regarding online conduct and acceptable content.
6. You are solely responsible for your conduct and any data, text, information, screen names, graphics, photos, profiles, audio and video clips, links (“Content”) that you submit, post, and display on the Twitter.com service.
7. to 9. …
10. You must not, in the use of Twitter, violate any laws in your jurisdiction (including but not limited to copyright laws).
El fundamento jurídico que dió lugar a esta acción es el siguiente:
Fecha de Emisión: 21/10/2008 - Fecha de Publicación: 20/11/2008
Decreto del Congreso 64-2008 del 21 de Octubre de 2008, modifica el Decreto del Congreso 17-73 el cual contiene el Código Penal, en el sentido de que agrega el Artículo 342 B, referente aPánico Financiero.
Diario Oficial: Tomo CCLXXXV No. 65
Materia de Derecho: Penal
Fuente: Sitio Web del Congreso de la República de Guatemala
Artículo 342 “B”. (Pánico Financiero ). Comete delito de pánico financiero quien elabore, divulgue o reproduzca por cualquier medio o sistema de comunicación, información falsa o inexacta que afecte negativamente la confianza de los clientes, usuarios, depositantes o inversionistas de una institución sujeta a la vigilancia e inspección de la SuperIntendencia de Bancos. Se entenderá que se menoscaba la confianza de los clientes, usuarios, depositantes o inversionistas de una institución cuando, como consecuencia de los referidos actos, se atente contra su reputación o prestigio financiero o que la misma sea objeto de retiro masivo de depósitos o inversiones mayores o superiores a su flujo normal u ordinario.
El responsable de la comisión de este delito será sancionado con prisión de uno a tres y con multa de cinco ml a cincuenta mil quetzales.
Si el delito fuere cometido conociendo o previendo los daños o perjuicios a causar a la institución, el responsable será sancionado con prisión de cinco a diez años inconmutables y con una multa de cien mil a ochocientos mil quetzales. En este caso, no se podrá otorgar cualquiera de las medidas sustitutivas contempladas en el Código Procesal Penal.
…
…
Este caso debe ser entonces analizado más que nada por el entorno actual que origina este mensaje, se lee más como una reflexión personal sobre la situación que se vive con los bancos en Guatemala y no como una insinuación, invitación, convocatoria, o.. como diriamos los abogados: apología del delito.
Si revisamos el timeline de @jeanfer, es absolutamente destacable la cobertura que como ciudadano estaba realizando de las notas periodísticas del tema, y como una reacción adicional él mismo realiza la reflexión de “Primera acción real “Sacar el pisto de Banrural” quebrar al banco de los corruptos. #escandalogt”

imagen obtenida del timeline de @jeanfer
Desde mi apreciación, la interpretación que se le está dando al fundamento jurídico del Código Penal es incompleta y subjetiva, ya que no está cumpliendo con todos los elementos del tipo penal, el twitt que @jeanfer realiza en su timeline sí lleva como probable consecuencia el retiro masivo de depósitos o inversiones, sin embargo, nunca reveló ni divulgó información privada que originará el efecto del retiro másivo. Es decir, no cometió la principal acción del tipo penal, que era divulgar información falsa del Banco (salvo que haya algo que no sepamos y las autoridades en Guatemala sí).
Conclusión: la detención es ilegal (desde este lado de las gradas)
¿Qué esperar como usuario de las redes sociales?
- Estar plenamente concientes de que lo que escribimos en Internet, está siendo innegablemente monitoreada
- Involucrarnos como usuarios al leer las condiciones y/o términos de los servicios que utilizamod
- Ser precavidos en qué escribimos y cómo lo escribimos (digo, por aquello de las interpretaciones subjetivas)
- Conocer el marco jurídico aplicable, sin olvidar el tener en cuenta la jurisdicción en qué estamos
- Empezar a borrarnos la idea de que Internet es libre y por lo tanto se puede realizar cualquier cosa
¿Tú qué opinas?











mayo 16th, 2009 on 00:14
Mucha claridad en lo que Ivonne pone en el contexto de un hecho que evidencia varias cosas; primero, la flojera que abrazamos para no leer los extensos documentos legales de las prestadoras del servicio cibernético al que recurrimos todos los días, muchos de éstos, ambiguos y preocupantemente limitativos de algunas libertades civiles. No obstante, es su política empresarial y como tal, debemos observarla.
Segundo, la fragilidad del sistema de gobierno guatemalteco, cuya ancla parece estar flotando sobre las olas que ha levantado el escándalo por el asesinato del abogado Rosemberg. Cada vez que un gobierno, del país que fuere, recurre a la presión mediática para hacer sentir su “fuerza”, es porque en realidad, está pasando por una crisis de autocredibilidad. La detención del señor Anléu, eso demuestra, aparte de otras cosas que analizaremos someramente.
Tercero, la falta de coherencia de las autoridades guatemaltecas ante el crimen en cualquiera de sus modalidades. Resulta inadmisible que el expresidente del Congreso, exgerentes bancarios, exministros e incluso, el expresidente Alfonso Portillo, sí hayan provocado no sólo el desprestigio de diversas instituciones bancarias (entre éstas el mismo BANRURAL) sino la quiebra de éstos mediante prácticas fraudulentas y hasta hoy, gocen de absoluta libertad ó, en algunos casos, las sanciones hayan sido las mínimas.
Cuarto, a los arriba mencionados, tardaron años para “investigarlos” y sólo tuvieron que comportarse iadecuadamente ante el presidente en turno para ser llamados a los tribunales, a muchos de éstos, después de muchos años de estar “prófugos”. A Anléu, lo detuvieron a apenas unas horas de haber emitido una opinión. Como dice Ivonne, no divulgó secretos bancarios, ni puso ante los lectores, documentos que pusieran en riesgo las inversiones ni los ahorros de los usuarios. Simplemente aconsejó que sacasen el dinero de un banco que está siendo desprestigiado por sus directivos y ahora, por el propio Presidente y su esposa, acusados por el cadáver de Rosemberg de actos de corrupción. Cualquier guatemalteco senstato y honrado, no debió esperar la conseja de Anléu para retirar sus ahorros ante el riesgo de terminar desfalcado.
Ante tal circunstancia, la aprehensión de Anléu, es dos cosas: el aterrador mensaje de un gobernante desesperado, torpe y miope para intentar poner fin a -ésta sí- cohesión social que le exige no solo aclarar debida y honradamente el asesinato del abogado Rosemberg en cuya trama, según la misma víctima, está involucrado Colom, su esposa Sandra y su secretario Alejo, sino que además, le exige renunciar al cargo, desde cuya asunción, el índice de violencia repuntó gravemente, sin que haya mostrado capacidad para poner un coto a ésta.
La segunda es imponer un estado de sitio a la libertad de expresión en Guatemala. Esto es lomás grave. Ayermismo nos enteramos de la detención de un hombre en villanueva, acusado de repartir copias del video mediante el cual, Rosemberg acusa directamente a Colom, su mujer y su amigo, de su propio asesinato y el de un empresario y su hija. Esto nos lleva a pensar que Colom está desesperado. No encuentra la salida y pretende imponer medidas cohercitivas y limitantes para tratar de salvar su empleo. Lamentable. Anléu, en síntesis, no cometió ningún delito. Solo utilizó su conciencia, hizo uso de su liberta de expresión, independientemente de las normas que eventualmente, las empresas cibernéticas revisan.
Para Anleú, la solidaridad de todos, porque todos somos ANleú.
A. Flores
mayo 15th, 2009 on 16:43
Bueno, esto va mas alla de los programas o herramientas de redes sociales, tiene que ver mas con las leyes de los países ya que esto lo tratarón de hacer ver como violación a las leyes guatemaltecas, aquí en México pocos sabemos sobre leyes en materia de internet y si bien es cierto que no leemos las condiciones si no las aceptamos completamente no podriamos usar nungun programa, o conocen alguno en el que las condiciones se ajusten perfectamente a lo que necesitamos, por ejemplo el itunes dice dentro de sus condiciones de uso que no debe usarse para crear armas nucleares, algo para reirse pero solo es un ejemplo.
mayo 15th, 2009 on 13:32
Que mal se vieron los de Twitter por haber facilitado la informacion a ese gobierno nefasto
mayo 16th, 2009 on 13:16
Bueno, al momento no sabemos si Twitter facilitó o no información al Gobierno de Guatemala…. cuidado con las apreciaciones
Ahora, si es que lo hicieron te puedo apostar que debió existir una orden judicial de por medio, situación ante la cual no podrían negarse a hacerlo!
mayo 15th, 2009 on 08:55
hablando desde mi perspectiva personal, una persona no se siente aludida por una informacion al menos q la misma sea verdad!!!!. los gobiernos latinos estan callendo en un abismo y con ellos arrastrando a todos, el derecho de expresar lo q sentimos,lo q pensamos o creemos es un derecho q debemos defender ante todos, la censura y el miedo a expresarnos no debe ser algo q permitamos se establezca. la libertad de pensamiento es una de los mayores maravillas de la vida!!!! asi q a expresarnos !!!!
mayo 15th, 2009 on 01:03
Primero que nada no creo que reverían de revisar el contrato de confidencialidad de esa página web, e igual si esa ley es aplicable al país de alojamiento de la página, si en dado caso proporcionaron información ya sea de la ip o información personal de esta persona me imagino que se puede levantar una acción legal en contra de los dueños de esta página, recuerden que aquí en Guatemala se puede localizar rápido esa información ya que las empresas q proporcionan internet en Guatemala se conectan generalmente con proxi o bien con dirección ip fija de los rauter pero bueno eso es otra cosa.
mayo 14th, 2009 on 21:40
Pero entonces ¿twitter brindó los datos con los que ubicaron a esta persona?
mayo 14th, 2009 on 21:20
No podemos renunciar al “Internet Libre”, es el principio de internet. Si no podemos expresarnos, entonces qué sentido tienen los blogs ???? Recordemos que internet 2.0 nos permite tener el control sobre los contenidos, haciéndonos más fácil crearlos y distribuirlos. Cualquier tipo de censura en internet es como volver a la inquisición
mayo 14th, 2009 on 21:14
chale! entonces ahora vamos a ser victimas de la autosensura?? tenemos que cuidar hasta lo que “pensamos” si no queremos meternos en un problema.
Saludos!
mayo 14th, 2009 on 17:27
Solo para que sepan que el juez que dicto sentencia no sabia que era TWITTER
mayo 14th, 2009 on 17:24
Totalmente de acuerdo con tu opinion, esta es una noticia que nos consterna a todos los usuarios de la red en guatemala, por un twitt te pueden arrestar y condenar pero por desvios millonarios y asesinatos no, que tipo de justicia es esa?
Apoyo a Jeanfer y a la libertad de expresion.
Caigo en lo mismo que el mensaje debe de analizarse en el contexto integro, la frese es reflexiba y no incita a nada, luego dicen “Sacar el pisto de banrural” y despues “quebrar el banco de los corruptos” o sea, banrural = banco de los corruptos? aceptan que lo son?