Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2009 (México)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
GERARDO RUIZ MATEOS, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 32 de la Ley de Planeación; 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 180 y 181 último párrafo del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 27, 28 y 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009; 3, 5 fracción XVI y 31 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 29 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el Ejercicio Fiscal 2009,
Que con el objeto de que la política de apoyo empresarial fuera unificada, con oficio número 100.2008.01136, se instruyó que el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) sea coordinado y operado por la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009
ARTICULO UNICO.- Se REFORMAN los artículos 3, fracciones XVII y XXXVI y 9, así como las cláusulas octava, segundo párrafo y décima primera, segundo párrafo del Anexo F del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT) para el Ejercicio Fiscal 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2008, para quedar como sigue:
“Artículo 3.- . . .
I a XVI. . . .
XVII. Instancia Ejecutora: La Dirección General de Desarrollo Empresarial y Oportunidades de Negocio, que es la unidad responsable de la gestión de los recursos del programa, seguimiento de los proyectos aprobados, así como de las obligaciones previstas en las presentes Reglas de Operación;
XVIII a XXXV. . . .
XXXVI. Subsecretaría: La Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa que es la encargada de la operación del Programa;
XXXVII a XXXIX. . . .
Artículo 9. El Consejo Directivo estará conformado por:
I. El Titular de la Subsecretaría, quien lo presidirá;
II. El Director General de Desarrollo Empresarial y Oportunidades de Negocio, quien fungirá como Presidente Suplente;
III. El Director General de Capacitación e Innovación Tecnológica;
IV. El Coordinador General de Delegaciones Federales de la SE;
V. El Coordinador de Tecnología y Calidad, de la Dirección General de Capacitación e Innovación Tecnológica, y
VI. El Director de Desarrollo de Proveedores y Oportunidades de Negocio, quien fungirá como Secretario Técnico y dará seguimiento a los Acuerdos adoptados por el Consejo Directivo.
…
…
…
El Director de Desarrollo de Proveedores y Oportunidades de Negocio de la Instancia Ejecutora, miembro titular del Consejo Directivo, fungirá como Secretario Técnico del Consejo Directivo y tendrá a su cargo dar seguimiento a los acuerdos adoptados por éste.
…
…
…
ANEXO F
PROYECTO DE CONVENIO DE COLABORACION PARA SUSCRIBIRSE CON ORGANISMOS EMPRESARIALES
OCTAVA.- . . .
LAS PARTES acuerdan que para efectos las fracciones XII y XIII de dicho artículo, los informes trimestrales de avance o final de LOS PROYECTOS, serán enviados, recibidos o archivados a través de los accesos electrónicos habilitados para ello en www.software.net.mx o www.economia.gob.mx o de los medios autorizados para ello por la Instancia Ejecutora mediante el uso de usuario y contraseña que le permita identificar al firmante. En consecuencia EL ORGANISMO PROMOTOR acepta que la información contenida, producirán los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por la Instancia Ejecutora de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa de LA SECRETARIA o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las REGLAS DE OPERACION y las demás disposiciones aplicables que se derivan de éstas.
DECIMA PRIMERA.- . . .
La Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa a través de la Instancia Ejecutora como área responsable del PROSOFT, podrá verificar en cualquier momento la documentación a que se refiere esta cláusula.”
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las actividades, trámites y obligaciones, que se encuentren en proceso, previstas con base en los Lineamientos, Reglas y Criterios de Operación anteriores a la publicación del presente Acuerdo, serán atendidas por la instancia ejecutora, Subsecretaría y el Consejo Directivo, que a partir del día de la entrada en vigor del presente acuerdo asumen dichos encargos, y se atenderán en apego a lo establecido en los Lineamientos, Criterios y Reglas de Operación vigentes en aquel momento.
México, D.F., a 17 de marzo de 2009.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.
Abogada y Maestra en Comercio Electrónico
Dedicada al estudio de la relación entre Tecnología y Derecho desde 1999.
Escribo y también doy clases y conferencias de este tema además de ser consultora y Directora en IT Lawyers SC.
Auditor Líder ISO 27001:2013
Related posts
Categorías
Suscríbete
Recibe nuestras noticias e información de forma diaria