Así es, si usted es médico de profesión y realiza procedimientos quirúrgicos, conozca sus nuevas obligaciones que debe cumplir en los medios electrónicos, esto en caso de que usted se anuncie por esta vía:

  • anuncio que indique la institución que les expidió el Título
  • Diploma
  • número de su correspondiente cédula profesional
  • Certificado de Especialidad vigente (en su caso)
  • Licencia Sanitaria Vigente del establecimiento

 

Además de lo anterior, aún cuando no se anuncie en medios electrónicos: usted será indexado en un Directorio electrónico que incluirá los datos antes mencionados, mismo que estará a disposición de la Secretaría de Salud y del público en general.

Esta nueva disposición jurídica entra en vigor a partir del 02 de septiembre del 2011.  Surge como consecuencia de las reformas a la Ley General de Salud publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 01 de septiembre de este año.

El decreto en comento lo puede leer completo aquí:  

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