Así es, si usted es médico de profesión y realiza procedimientos quirúrgicos, conozca sus nuevas obligaciones que debe cumplir en los medios electrónicos, esto en caso de que usted se anuncie por esta vía:
- anuncio que indique la institución que les expidió el Título
- Diploma
- número de su correspondiente cédula profesional
- Certificado de Especialidad vigente (en su caso)
- Licencia Sanitaria Vigente del establecimiento
Además de lo anterior, aún cuando no se anuncie en medios electrónicos: usted será indexado en un Directorio electrónico que incluirá los datos antes mencionados, mismo que estará a disposición de la Secretaría de Salud y del público en general.
Esta nueva disposición jurídica entra en vigor a partir del 02 de septiembre del 2011. Surge como consecuencia de las reformas a la Ley General de Salud publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 01 de septiembre de este año.
El decreto en comento lo puede leer completo aquí:
Image: jscreationzs / FreeDigitalPhotos.net
Abogada y Maestra en Comercio Electrónico
Dedicada al estudio de la relación entre Tecnología y Derecho desde 1999.
Escribo y también doy clases y conferencias de este tema además de ser consultora y Directora en IT Lawyers SC.
Auditor Líder ISO 27001:2013
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