El 28 de Octubre venció el plazo para que aquellos interesados en obtener un dominio “.xxx”, así como para los que deseen bloquear su marca de los dominios con extensión “.xxx”, lo lleven a cabo.
Después de más de 10 años de lucha y tras haber sido negada en un par de ocasiones la propuesta hecha por ICM Registry LLC (ICM), finalmente la ICANN aprobó por decisión dividida la polémica solicitud para el registro de dominios “.xxx”.
El uso de este nuevo TLD tiene como finalidad proveer dominios cuyo contenido esté dedicado de forma exclusiva al entretenimiento para adultos.
Del 7 de septiembre al 28 de octubre de 2011 estuvo abierta la fase Sunrise AT, la cual permitirá a todos aquellos dedicados a la industria del entretenimiento para adultos, siempre que sean miembros de la comunidad patrocinada (empresas del ámbito del entretenimiento adultos) y posean una marca registrada (sin importar el país donde se haya otorgado el registro), a obtener el dominio de su marca bajo el TLD “.xxx”.
Al mismo tiempo está corriendo la fase Sunrise AD, la cual está dirigida a los dueños de dominios con extensiones ccTLD o gTLD cuyo contenido sea para adultos, para que tengan la posibilidad de obtener los mismos dominios que ya poseen pero con la extensión “.xxx”.
De forma paralela a estas dos fases se ha puesto en marcha el Sunrise B, el cual fue pensado para todos los aquellos que no se dedican a esta industria, pero que cuenten con marca registrada que deseen bloquear para la extensión “.xxx”. Con esto los dueños de las marcas bloquearán el dominio solicitado por 10 años, de forma tal que no podrá ser registrado por ningún tercero durante dicho periodo.
Para poder calificar en esta última fase es necesario ser el titular de una marca que haya sido registrada antes del 1 de septiembre de 2011, no formar parte de la industria del entretenimiento para adultos y presentar tu solicitud antes de que dicho plazo concluya. Si cumples con estos requisitos el dominio será bloqueado y los datos en Whois del dominio será los de ICM.
Ya terminaron las tres fases por lo que fue la última oportunidad para que puedas obtener un dominio “.xxx” con tus marcas o dominios dedicados al entretenimiento para adultos ó para que evites un uso indebido de tu marca dentro de estos dominios.
Si se te pasó la fecha no te preocupes, posteriormente se abrirá una fase de pre-registros (del 8 al 25 de noviembre), previo a la apertura de registros al público en general (6 de diciembre), para que aquellos dedicados al entretenimiento para adultos que no calificaron dentro de Sunrise AT y AD puedan obtener sus dominios con esta extensión. Desafortunadamente si tu intención era bloquear dicho dominio ya no podrás hacerlo de forma posterior al cierre del Sunrise B.
Como dato curioso, dentro de esta “preventa” de dominios se prevé el supuesto que en caso de que dos o más solicitantes de la misma fase se interesen por el mismo dominio, el primer solicitante no tiene un mejor derecho sino que el dominio será subastado para determinar quién será su titular. No obstante esto, los solicitantes en la fase AT tendrán preferencia sobre los demás, así como los solicitantes AD tendrán preferencia sobre los B.
Una vez abierto el registro al público en general podrás solicitar el registro de cualquier dominio, ya sea para utilizarlo o evitar que un tercero haga un uso indebido de este.
En caso que no hayas podido registrar o bloquear tu dominio y algún tercero lo haya registrado, seguirán disponibles los métodos tradicionales de solución de controversias como el procedimiento UDRP para evitar el uso abusivo de tu marca en un dominio.
Si bien son obvias las razones por las cuales se levantó una gran polémica sobre estos dominios, algunas de las grandes ventajas que manifiesta ICM es la búsqueda de lograr un mejor control con respecto a los contenidos y las personas que tengan acceso a estas páginas ya que McAfee y MetaCert firmaron un acuerdo con ICM para proteger a los usuarios de estas páginas contra ataques de hackers y malware, así como para evitar que menores de edad puedan tener acceso a páginas con contenido para adultos.
Tomando esto último en cuenta y a manera de reflexión, dos temas en específico me dejan con grandes dudas:
a) ¿Cómo espera ICM aumentar el control sobre los dominios con contenidos para adultos si cuando pones en el buscador de google “xxx” aparece la leyenda “Aproximadamente 1,150,000,000 resultados (0.10 segundos)” y ninguna de estas páginas tiene la extensión “.xxx”?
b) ¿Cuál es el alcance del bloqueo para los que no nos dedicamos a esta industria? Esto me lo cuestiono porque los usuarios de Internet tienden a ser de lo más ingeniosos; es por ello que me pregunto qué pasará si el 6 de diciembre voy y trato de registrar “www.toca-cola.xxx” o “www.coca-colas.xxx”… me los negarán, ustedes qué dicen?
Image: Danilo Rizzuti / FreeDigitalPhotos.net
Abogada y Maestra en Comercio Electrónico
Dedicada al estudio de la relación entre Tecnología y Derecho desde 1999.
Escribo y también doy clases y conferencias de este tema además de ser consultora y Directora en IT Lawyers SC.
Auditor Líder ISO 27001:2013
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