Esta semana se ha rumorado en redes sociales una nota: Francesa demanda a oaxaqueños por ser poseedora de una patente…

El caso es, una “pseudodiseñadora” de ropa está comercializando ropa en Europa la cual “coincidentemente” tiene los mismos diseños que la comunidad de Santa María Tlahuitoltepec utiliza en su indumentaria así como en los productos que ellos también comercializan. La mujer alega ser poseedora de los derechos y ha demandado diciendo tener la exclusividad.

De lo anterior se ha derivado hablar de: patentes | comunidad desprotegida por la ley | que es una mentira | etc…

Unos amigos me consultaron vía redes sociales y al final, decidí mejor publicar mi visión al respecto de este tema en este blog:

  1. Es arte, por ley, es una OBRA no una patente
  2. La protección legal inicia desde el momento de su creación, probar su existencia no será dificil
  3. De acuerdo a la LFDA (México) Art. 13 fr XII, se reconoce como obra a: “Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil”
  4. No es un hoax, ya hay una declaración oficial incluso por parte de la comunidad de Santa Maria Tlahuitoltepec donde ya se pronunció
  5. La SEP junto con INDAUTOR, CONACULTA, SEDESOL, INDESOL, FONART y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Índigenas y demás deberán apoyar en dirimir la controversia
  6. La ONU ha reconocido desde 1985 a través de documentos varios como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Índigenas el establecer como Patrimonio Cultural de la Humanidad y especificamente del país donde se asientan sus usos y costumbres, temas como este. Esto es, para efectos de este caso – se reconoce a la vestimenta como protegida, sin mediar registro alguno, bajo Obra Artesanal

 

Ahora sí, vayan y discutan el tema esperando que la información que les comparto les sea de utilidad.