Fuente: PROFECO
Fecha:  27 de enero de 2012

Este viernes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones del acuerdo por el que se establecen nuevas reglas de operación y funcionamiento del Registro Público de Consumidores (RPC) ahora también denominado Registro Público para Evitar Publicidad para fines publicitarios y de difusión institucional.

La reforma consistió en tres modificaciones: se cambió el nombre del Registro, siendo ahora también denominado Registro Público para Evitar Publicidad; además, la vigencia de 3 años del registro del número telefónico será indefinida o permanente a partir de la reforma; finalmente, se adecuaron los requisitos para que los proveedores adquirieran las listas.

Así, con esta reforma, que entra en vigor éste sábado 28 de enero, además el consumidor podrá consultar la inscripción de su número a través de la página web de la Profeco (www.profeco.gob.mx) en la sección destinada al Registro. También se establece que la cancelación de la inscripción del número telefónico será voluntaria y cuando así lo solicite el consumidor.

En las modificaciones se establece que los proveedores y empresas, una vez que hayan realizado el pago de la tarifa correspondiente, tendrán acceso a las listas de RPC, las cuales podría actualizar de forma quincenal mediante la descarga a través del sitio http://rpc.profeco.gob.mx, ubicado en la sección PROVEEDORES/LISTAS RPC.

La Profeco recuerda que el Registro es un instrumento automatizado para registrar números telefónicos de consumidores que no desean recibir publicidad telefónica de bienes, productos o servicios en su casa, oficina o celular.

Al inscribirse un número telefónico, este se incluye en una lista de los que no podrán ser molestados con fines publicitarios o mercadotécnicos, es decir, los proveedores están obligados a no llamar a estos números, de lo contrario podrían ser sancionados con multas de hasta un millón 317 mil 147 pesos.

Desde que empezó a operar el RPC y hasta al 31 de diciembre de 2011, se registraron 183 mil 656 números telefónicos y se interpusieron mil 880 denuncias contra las empresas que no lo respetaron. Debido a lo anterior, Profeco ha sancionado a las empresas con multas que suman un total de 7 millones 108 mil pesos.

Para inscribirse, el consumidor debe marcar al 9628 0000 (de la ciudad de México, Guadalajara o Monterrey) o al 01 800 962 8000 (larga distancia sin costo para el resto del país) desde el teléfono que desea registrar y elegir uno o los tres sectores contra los que protege el Registro: telecomunicaciones, comercio y / o turístico. El trámite es gratuito, solo tarda un minuto y la vigencia de la inscripción es indefinida.

El consumidor podrá consultar la inscripción del número telefónico a través de la página web de la Procuraduría (www.profeco.gob.mx), en la sección destinada al Registro o en rpc.profeco.gob.mx. Si después de 30 días de la inscripción al RPC, el consumidor recibe alguna llamada con fines publicitarios, puede denunciarlo al Teléfono del Consumidor 5568 8722 o sin costo al 01800 468 8722 o al Teléfono del Consumidor en línea, en horario de 09:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes.

Los proveedores que deseen consultar las listas del Registro Público de Consumidores o Registro Público para Evitar Publicidad, podrán tramitar la solicitud en rpc.profeco.gob.mx proporcionando su nombre, RFC, domicilio y correo electrónico, entre otros datos, y realizando el pago de la tarifa correspondiente. Cabe mencionar que es obligación de los proveedores respetar la voluntad de los consumidores registrados a pesar de no realizar el trámite de solicitud de consulta.