Image Courtesy of Sira Anamwong at FreeDigitalPhots.net
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El delito de pornografía en contra de menores de dieciocho años o incapaces es un tipo penal que ha sido legislado en la mayor parte de estados de la República Mexicana, para el caso en particular de Yucatán, podría concluir en una condena de cinco a diez años de prisión y de cuatrocientos a quinientos días-multa, o en caso de asociación delictuosa, una condena de ocho a dieciséis años y de cuatrocientos cincuenta a quinientos días-multa.

De acuerdo al Boletín 034/15 emitido por la PGR, el Juzgado de Distrito con sede en Mérida, Yucatán, decretó Auto de Formal Prisión en contra de una persona de 35 años, por cumplir con los elementos previstos en el delito de Trata de Personas en su modalidad de Pornografía de Personas Menores de Dieciocho años.

Como resultado de la ejecución de la orden de cateo, emitida por un Juez de Distrito Especializado en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones, la Agente del Ministerio de la Federación adscrita a la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), una vez identificada la evidencia digital, ordenó a la Agencia de Investigación Criminal (AIC), la detención en flagrancia de una persona que almacenaba archivos de Pornografía Infantil.

La investigación dió con el reporte iniciado a finales de noviembre de 2014, por la agregaduría del Buró Federal de Investigaciones (FBI por sus siglas en inglés), en la Embajada de los Estados Unidos en México, ante la División Científica de la Policía Federal, quien una vez realizada su intervención el 30 de diciembre de 2014, presentó una denuncia ante dicha Fiscalía y como resultado de la ardua e inmediata investigación de los integrantes de la AIC, se hizo posible solicitar una medida cautelar de cateo.

El trabajo conjunto y coordinado de las instancias participantes, hacen patente el compromiso del Estado Mexicano, ante hechos que vulneran a Niñas, Niños y Adolescentes, en cumplimiento a los Instrumentos Internacionales de Protección a la Infancia en aras de salvaguardar su interés superior; así como de la suma de esfuerzos con la comunidad internacional en el tema.