Ivonne MuñozPlan Técnico de Interconexión e interoperabilidad

¡Más técnico que la Tabla periódica de elementos (Mendel y Mendeleyev)

Los puntos a resaltar, by the book!

El Plan de Interconexión fomentará el ingreso de un mayor número de concesionarios al mercado,
ya que con éste se fortalecerá la seguridad jurídica para la prestación de servicios de interconexión
(sic) lo cual beneficiará directamente a los usuarios pues éstos podrán seleccionar al
concesionario que les ofrezca las mejores condiciones de servicio, calidad y precio.

El Plan de Interconexión se consolida como el instrumento para la transición tecnológica y de mercado hacia las redes de siguiente generación, en donde a través de los servicios de interconexión todo usuario puede tener acceso a cualquier servicio y/o aplicación, lo cual permite cumplir con la estrategia 14.4 (del tan conocido Plan Nacional de Desarrollo) que establece
la necesidad de “Modernizar el marco normativo que permita el crecimiento de las
telecomunicaciones, el uso y desarrollo de nuevas tecnologías y la seguridad sobre el uso de la información, los servicios y las transacciones electrónicas”.

El Plan de Interconexión prevé que la Interconexión que lleven a cabo los Concesionarios de RPTs, así como la prestación de Servicios de Interconexión, cumplan con los siguientes principios, de tal manera que se garantice:
i) la adopción de arquitecturas abiertas de las redes;
ii) la no discriminación;
iii) la desagregación de elementos;
iv) la existencia de la capacidad necesaria en las RPT para prestar los servicios de interconexión que les sean solicitados;
v) el uso eficiente de las capacidades, servicios y funciones de interconexión;
vi) el ofrecer a otros concesionarios, iguales o mejores tarifas, términos y condiciones que hayan ofrecido respecto de cualesquier elemento, servicio, función, uso de infraestructura, capacidad o arreglo técnico a otros concesionarios o prestadores de servicios de telecomunicaciones.

¿Qué es interconexión?
Conexión física o virtual, lógica y funcional entre RPTs, que permite la Conducción de Tráfico entre dichas redes y/o entre Servicios de Telecomunicaciones prestados a través de las mismas, de manera que los Usuarios de una de las RPTs puedan conectarse e intercambiar Tráfico con los usuarios de la otra RPT y viceversa; o bien permite a una RPT y/o a sus Usuarios la utilización de Servicios de Telecomunicaciones y/o capacidad y funciones provistos por o a través de otra RPT.

¿Qué es interoperabilidad?
Características técnicas de las RPTs que permiten la prestación de Servicios de Interconexión, por medio de las cuales se asegura la provisión de un servicio de telecomunicaciones específico de una manera consistente y predecible, en términos de la entrega funcional de servicios entre redes.

El Plan Técnico entra en vigor a partir del 11 de febrero, 2009.